CLAVES DE LA LEY DE EMPRENDEDORES 2013
Un entorno más favorable para emprender. Por fin se ha presentado el
anteproyecto de Ley de Apoyo a los Emprendedores. Estreno Blog dándoos mi punto
de vista sobre las ventajas que esta nueva ley del emprendedor va a suponer
para el impulso de la iniciativa emprendedora.
Las medidas fiscales que contiene entrarán en vigor el 1 de enero de
2014; el resto, cuando se apruebe definitivamente.
Ayuda fiscal:
La citada Ley de Apoyo a Emprendedores,
promueve una serie de ayudas fiscales: la primera de ellas es la deducción por
reinversión de beneficios, es decir, si un periodo tienes beneficios y los
reinviertes en nuevos activos, te permiten deducirte un 10% de la cuota íntegra
del Impuesto de Sociedades sobre los beneficios obtenidos en el periodo
impositivo de reinversión. Esto será posible para empresas cuyo volumen de
negocio sea inferior a los diez millones de euros.
Otra de las ayudas fiscales va
en relación con la inversión en I+D, actualmente hay un límite en la cuota para
hacer efectiva una deducción por I+D, con la nueva Ley de Emprendedores, se va
a eliminar este límite, además, si incurres en pérdidas en el ejercicio que
realizas la inversión y, por tanto, no puedes deducírtelo, podrás aplicar esta
deducción en otros ejercicios.
La ley también amplía las deducciones por
activos intangibles, pasando del actual 50% al nuevo 60%, eliminando además los
límites máximos que existen actualmente.
Protección patrimonial:
La Ley de Emprendedores recoge una nueva
figura, la del Emprendedor de Responsabilidad Limitada, que protege el
patrimonio personal del autónomo ante posibles deudas empresariales. (siempre
que el valor de la deuda no supere los 300.000 euros)
Pago del IVA:
Antes de analizar lo que bajo mi punto de vista es una de las
medidas más importantes que recoge el Anteproyecto de Ley, os voy a contar
brevemente el caso real de una empresa, para que comprendáis mejor la
importancia de esta medida:
La empresa en cuestión facturaba a la Administración, y su fundador esperaba cobrar sus facturas en 60 días… ¡Qué infeliz! (tardaron 12 meses a cobrar). Durante ese tiempo se vio sin liquidez para hacer frente a, casualmente, una de las patas de la Administración, Hacienda, ya que cuando emites una factura, Hacienda te obliga a ingresar el IVA repercutido en la declaración trimestral, pues bien, podéis imaginaros la situación... la Administración adeudándole miles de euros y Hacienda, a su vez, reclamándole el IVA de las operaciones que no había cobrado de la Administración, vamos… ¡De juzgado de guardia!
Este problema parece ser que va a ser solventado por la Ley de Emprendedores, ya que el IVA no se pagará mientras no se cobre la factura. Esta ventaja fiscal se aplicará a pymes y autónomos que no estén sujetos a módulos y con un volumen inferior a 2 millones de euros. Eso sí, esta medida tendrá algunas limitaciones: los empresarios deberán ingresar el IVA de cada año (como muy tarde el 31 de diciembre) aunque no lo hayan cobrado.
Segunda oportunidad:
En caso de fracaso, se intenta impulsar la
idea de la segunda oportunidad, incluyendo un mecanismo de negociación
extrajudicial de deudas en la Ley Concursal, al que podrán acogerse las
empresas que no superen los 25 millones de euros en la suma de su activo y su
pasivo, con moratorias de hasta tres años.
Menos coste y burocracia a la hora
de constituir una Sociedad:
Se
elimina la barrera de desembolso de dinero para constituir una sociedad. La Ley
de Emprendedores permitirá crear una Sociedad Limitada de Formación Sucesiva
(SLFS), la cual podrá ser constituida sin desembolsar capital, pero tendrá que
ir aportando anualmente un 20% de los beneficios.
Con esta SLFS se limita la
retribución anual de los socios y administradores, que no podrá exceder del 20%
del patrimonio neto. También, con los recortes burocráticos, podrá formarse una
Sociedad de manera telemática con formularios tipo sirviéndose de las nuevas
tecnologías y colaboraciones entre administraciones públicas.
Financiación: Para mí, la Ley de Emprendedores cojea en
materia de financiación, la cual será la
gran asignatura pendiente de la normativa. Es cierto que hay medidas que
favorecerán la inversión de los business angels (podrán deducirse hasta un 20%
en su declaración de la Renta) y además se eximirá de tributar las plusvalías
generadas en un plazo de entre tres y nueve años si se reinvierten en otra
nueva empresa. También se facilita la financiación de las empresas que aspiren
a ser internacionales e incluso el gobierno ha prometido crear una línea ICO
para el comercio mayorista (...y ¿qué pasa con el resto?). A pesar de que son
medidas interesantes, creo que no solucionarán el problema de dificultad de
acceso a financiación.
¿Qué os parece la Ley de Emprendedores? He desglosado los que creo que
son los puntos más interesantes, aun así os dejo este enlace en el que podréis
leer el Real Decreto ley de medidas de apoyo al emprendedor.
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